La Audiencia de Alicante ha condenado al pago de multas de 6.000 y 18.000 euros, respectivamente, al exalcalde de Alicante (Luis Díaz Alperi) y al empresario Enrique Ortiz como autores de un delito de cohecho, por el ‘caso Brugal’ relativa al diseño del Plan General de Ordenación Urbana de la ciudad.
En cambio, han absuelto a la exalcaldesa Sonia Castedo y a los cinco acusados restantes, por falta de pruebas o prescripción de las infracciones penales, de delitos de corrupción de autoridades o funcionarios públicos, tráfico de influencias, prevaricación, revelación de secretos y aprovechamiento de información privilegiada.
Las magistradas de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial que han dictado la resolución únicamente han considerado como hechos susceptibles de condena el regalo de una chaqueta de lujo realizado por Enrique Ortiz a Castedo en las navidades de 2008 y el disfrute de un viaje a Creta en avión privado, por importe de 36.000 euros, por parte de Luis Díaz Alperi en agosto de ese año.
En cuanto al viaje regalado a Díaz Alperi, la Sala cree que no ha quedado probado que fuera costeado por Ortiz, sino por otro empresario no acusado en este procedimiento, quien lo hizo «en atención al cargo político» que tenía el entonces alcalde.
El Tribunal considera que no existen pruebas de que los exalcaldes Díaz Alperi y Castedo facilitaran información reservada sobre el planeamiento urbanístico ni que influyeran en técnicos y funcionarios para beneficiar a Ortiz a cambio de diferentes dádivas y regalos.