El TSJCV ANULA LA EXIGENCIA DE UN TITULO DE VALENCIANO PARA ACCEDER A LA BOLSA DE TRABAJO

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha anulado la exigencia de un título de valenciano para que se pueda acceder a las bolsas de trabajo de puestos de trabajo de secretarios o interventores locales.

En la sentencia 731/2020, 14 de octubre, el tribunal concluyó que el requisito de poseer el título B1 de conocimiento del valenciano se debe considerar ilegal por vulneración de la normativa estatal que no lo exige”.

«No supone discriminación exigir el valenciano en determinados puestos, pero no puede exigirse indiscriminadamente» recuerda el tribunal.

Así añade, «si el Estado no exige para los funcionarios de carrera el requisito del conocimiento de esa lengua cooficial sino como mérito, con menos razón cabe que le se imponga esto a quienes siendo también nacionales, aunque con nombramiento provisional, se someten al mismo patrón regulatorio, con la única particularidad de que el nombramiento lo pueden realizar las Comunidades Autónomas».