EL TSJCV AUTORIZA LAS NUEVAS LIMITACIONES SOLICITADAS POR PUIG

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha aprobado el control a la movilidad nocturna, a las reuniones sociales y/o familiares y al aforo en los lugares de culto solicitadas por la Generalitat Valenciana el pasado jueves.

Los delegados aprueban la vigencia de estas restricciones entre el 9 y el 24 de mayo y afirman que será la evolución de la pandemia y el ritmo de la vacunación los que fijen “la obligación -o no- de su prórroga o la adopción de otras medidas afectando a derechos fundamentales”.

Las medidas autorizadas son:

  • La limitación, con excepciones, de la circulación de personas entre las 00.00 y las 6.00 horas
  • La limitación de las agrupaciones o reuniones de carácter familiar y/o social a un número máximo de 10 personas
  • La reducción al 75% del aforo en los lugares de culto.

El TSJCV entiende que las medidas aprobadas cumplen el “juicio de idoneidad”, ya que “presentan aptitud para minimizar focos de contagio”. Dicho de otro modo, “son medidas para conseguir el objetivo propuesto”. También cumplen el “juicio de necesidad”, ya que son “indispensables si se quiere cumplir la meta de reducir la transmisión del virus”.