LA COOPERATIVA ELÉCTRICA DE ALBATERA OFRECE UNA BONIFICACIÓN ESPECIAL

La Cooperativa Eléctrica de Albatera abre el plazo para que todos sus afiliados que cumplan una serie de requisitos puedan beneficiarse de una bonificación especial.
Puedes descargar la solicitud en el siguiente enlace:


http://blog.coopealbaterense.es/wp-content/uploads/2020/09/SOLICITUD-DE-BONIFICACI%C3%93N-ESPECIAL-2020.pdf

Plazo de solicitud: Desde el 15 de Septiembre y hasta el 15 de Diciembre.

¿DE QUE SE TRATA ESTA BONIFICACIÓN ESPECIAL?

Es una ayuda que ofrecen a determinados colectivos que cumplan una serie de caracteristicas sociales en cuanto al consumo y poder adquisitivo en su vivienda habitual.
Este bono debe renovarse todos los años.

¿QUIÉN PUEDE BENEFICIARSE DE ESTAS AYUDAS?

Los siguientes colectivos: Familias numerosas, situación de viudedad, jubilados con prestaciones mínimas, los discapacitados, y los hogares donde todos sus integrantes con edad de trabajar se encuentren en situación de desempleo.

¿COMO LO PUEDO SOLICITAR?

En las oficinas de la Cooperativa, cumplimentando el impreso y entregando la siguiente documentación:


*Modelo de solicitud debidamente cumplimentado y firmado por el socio titular del punto de suministro.
*Fotocopia de Documento Nacional de Identidad del titular del punto de suministro.
*El modelo de declaración responsable ANEXO III.
*Certificado de empadronamiento colectivo en vigor expedido por el Ayuntamiento en la vivienda del punto de suministro, que será válido durante un periodo de tres años.

Familias numerosas:

-Título de familia numerosa en vigor expedido por la Generalitat Valenciana (en caso de que la vigencia del título caduque durante el 2019, en el momento de su caducidad deberán aportar la renovación)

JUBILADOS:

*Certificado expedido por la Seguridad Social de pensión reconocida mínima de todos los miembros de la unidad familiar residentes en el domicilio. (será válido durante un periodo de tres años)

DISCAPACITADOS:

*Certificado de grado de discapacidad expedido por la Generalitat Valenciana.

VIUDEDAD:

*Certificado expedido por la Seguridad Social de pensión reconocida mínima en caso de tener cargas familiares o por debajo de IPREM en el resto de casos. (será válido durante un periodo de tres años)

FAMILIAS DESEMPLEADAS: (habrá de renovarse coincidiendo con la renovación en el SERVEF)

*Fotocopia del documento de alta y renovación de demanda de empleo (DARDE) del SERVEF de todos los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar.

*Certificado del SERVEF del periodo de inscripción en el paro de todos los miembros de la unidad familiar en edad de trabajar.

*Fotocopia del DNI del resto de componentes de la unidad familiar en edad de trabajar.